Una
instantánea histórica: el recientemente fallecido Umberto Romagnoli escucha un
vehemente alegato de José Luis López Bulla, en presencia de Narcís Esteva.
Pocas dudas de que el maestro iuslaboralista y el sindicalista debatían acerca
del “seísmo” que se ha llevado por el desagüe buena parte de los derechos que
el sistema de producción fordista vinculaba al trabajo asalariado por cuenta
ajena. (Foto Archivo López Bulla)
El párrafo añadido anteayer al artículo 311 del Código
penal sanciona «a
quienes impongan condiciones ilegales a las personas trabajadoras mediante su
contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en
contra de requerimiento o sanción administrativa.»
No se trata de un supuesto
altamente improbable; de hecho, está ocurriendo todos los días. Los empleadores
tienden a considerar que, puesto que pagan a sus empleados cantidades faraónicas
– por minúsculas que sean –, tienen derecho moral a verse resarcidos mediante
el añadido, más allá de lo dispuesto en la ley, de otras obligaciones varias y consideradas
por lo general abusivas pero es que, oiga, hay que vivir.
Es “normal”, por ejemplo,
exigir a la conclusión de la jornada laboral que la camarera del bar o la
vendimiadora consuele al patrón de sus frustraciones sexuales de todo tipo. La
prestación extra va incluida en el salario estrictamente recortado, faltaba
más. Se trata de una variante chunga del “sí es sí”, más conectada al antiguo
derecho de pernada que a unas relaciones sexuales consideradas desde estándares
contemporáneos.
También se trata de
delegar en el/la empleado/da responsabilidades de un tipo diferente. Un
reciente anuncio por palabras pedía un perfil de trabajador “inmune al estrés”.
Es obvio que también en este caso se trata de proporcionar, a cambio de dinero,
una firmeza de ánimo vicaria para el empleador, el cual adolece de una
insuficiencia seria si se ve reducido a sus propios recursos.
Lo más normal, sin
embargo, es conceder la consideración de “socios” o “colegas” a personas a las
que se maneja sin contemplaciones, se escatima la paga, se amplía de forma
ilimitada la jornada laboral y se obliga sobre todo a estar disponibles siempre
que se les necesite, y a desaparecer de la nómina cuando no. Los déficits consiguientes
en el bolsillo de los “socios” asalariados podrían quedar cubiertos, en parte al
menos, por las propinas, tal y como lo ha señalado Ayuso, siempre certera en la
definición de los modelos de éxito en las sociedades neourbanas. Sin embargo
las leyes vigentes, tanto en este país reducto de la ultraizquierda bolivarista,
como en el común de las naciones del mundo mundial ahora que han desaparecido
de golpe Trump, Bolsonaro y Johnson; las leyes, digo, indican de forma taxativa
que la relación laboral típica no puede abarcar este tipo de licencias fantasiosas
por parte del empresario.
¿Qué hacer, entonces? Una
porción numéricamente difícil de evaluar de nuestros empleadores, se ha decidido
a invertir parte de sus excedentes de cash en un golpe de estado bien
judicial o bien de tipo clásico, y mientras tanto tira por la calle de en
medio, insiste en mantenella y no enmendalla, y participa en manifestaciones poco
multitudinarias enarbolando banderas preconstitucionales en defensa de la
constitución, sea esta lo que fuere.
Todo lo cual nos retrotrae
a épocas antañonas de nuestra historia. Estamos de nuevo con un pie puesto en
la España feudal, la definida por el vasallaje los siervos de la gleba y la
concesión a los señores del derecho a maltratar o “ius maltractandi”.
Por todas estas razones
viene como la proverbial pedrada en ojo de boticario la modificación del art.
311 CP, con ese segundo párrafo que atiende a que toda relación laboral
realmente existente se mantenga en los términos que le son propios, sin el
añadido de propinas que ni son de buen gusto ni hacen al caso.
En el blog “Según
Antonio Baylos”, pueden encontrar todo lo relacionado con la modificación
de nuestro código penal y la repercusión que va a significar en la
consolidación de derechos fundamentales de los trabajadores que estaban siendo
atropellados impunemente desde las últimas reformas laborales.
No tienen más que clicar
aquí: https://baylos.blogspot.com/2022/12/una-reforma-penal-importante-imposicion.html