Tengo la
satisfacción de anunciarles que Nuestra Señora María Santísima del Amor podrá
seguir luciendo en procesiones, romerías, saraos y otros festejos religioso-populares
la medalla de oro al mérito policial que le concedió nuestro nunca bien ponderado
señor ministro del Interior el pasado mes de febrero de 2014. Por tres votos
contra dos, los magistrados de la sección quinta de la sala de lo Contencioso
de la Audiencia Nacional han desestimado el recurso interpuesto por la
asociación Europa Laica. Con ese nombre, estaba cantado que no les iban a hacer
caso.
El honor que se le
ha hecho a la Santísima es dudoso. Quizás, de habérselo preguntado a ella,
contestaría que prefiere pasarse de medalla, puesto que, como madre de todos y dispensadora
de amor por un igual, ha procurado siempre mantener una imparcialidad exquisita
entre los agentes de la ley y los de la trampa; o incluso, en un asunto más
vidrioso, entre los manteros subsaharianos que pueblan nuestras avenidas y
quienes les reexpiden, en caliente o no, a sus países de origen. O todos moros,
o todos cristianos, dicho de forma sucinta.
Vaya, que lo suyo
no es ni la represión del contrabando ni el orden público. Y respecto de la inclinación
de algunas sacras imágenes hacia los uniformes, ella se siente a considerable
distancia del entusiasmo de Santa Bárbara, patrona del Arma de Artillería, o
bien del de su tocaya la Virgen del Pilar, que no ha abdicado que se sepa de su
voluntad secular de ser capitana de la tropa aragonesa.
Puesta a un lado
tal salvedad, debe reconocerse que los señores magistrados han hecho encaje de
bolillos en defensa del mantenimiento de la medalla. Para empezar, han declarado
entender que el «destinatario real» de la misma no es la Virgen en sí, o sea in person, sino más bien la Cofradía de
Jesús el Rico, muy vinculada a la policía.
Esta interpretación
de los hechos se parece mucho al “donde dije digo digo Diego”. Si el
destinatario real de la medalla era la cofradía, ¿por qué no se dio la medalla
a la cofradía, y punto? Nadie se habría escandalizado, o para ser más exactos,
nos habríamos escandalizado todos pero no más que en las circunstancias
actuales, cuando quien consta con nombres y apellidos en el Boletín Oficial del
Estado es Nuestra Señora Santísima del Amor, de profesión sus labores, con domicilio
habitual en Málaga y sin vinculación conocida con la policía, a reserva de
nuevas pesquisas probatorias.
En cualquier caso,
vale la pena dejar constancia de la finura inobjetable de la argumentación
jurídica esgrimida por los tres magistrados que compusieron la mayoría de la
sección quinta de la Sala de lo Contencioso de la AN. Ellos
no vieron ninguna irracionalidad o arbitrariedad por parte de la administración.
Para ellos se trata en este caso de una «recompensa
frente a acciones dignas de emulación, acciones no determinables de forma
apriorística, y no es, en principio, revisable el ejercicio de tal potestad,
salvo que se vulneren algunos de los elementos fiscalizables en toda potestad
discrecional.»
Más claro, agua.