martes, 30 de junio de 2020

LAS GRANDES FORTUNAS SON OPACAS



Ciudad de Panamá, tan cerca del corazón de nuestras mayores fortunas.



Por supuesto, estoy a favor de un impuesto que grave con un porcentaje mayor las grandes fortunas. No un impuesto especial, transitorio, particular para una época de crisis económica aguda; sino un impuesto normal, bien asentado en un edificio fiscal coherente que permita una redistribución más eficaz de la riqueza generada en la sociedad, más adecuada que el reparto tramposo que promueve la así llamada “lógica” de los mercados.

Por supuesto, eso nos aproximaría a países serios ─no necesariamente “frugales”, signifique eso lo que signifique─ que luchan desde una fiscalidad progresiva contra la perversión del “efecto Mateo”, llamado así por una parábola de Jesús bastante desconcertante, que resume el Evangelista del modo siguiente: a quienes más poseen, tanto más les será dado, y a quienes tienen poco y no consiguen hacerlo fructificar, les será quitado incluso lo poco que tienen, y se verán arrojados a las tinieblas exteriores.

Me atrevo a sostener, sin embargo, que la resolución por ley o decreto-ley de esta grave cuestión, en esta circunstancia concreta, no tendría grandes consecuencias desde el punto de vista recaudatorio, y tampoco aportaría una igualación perceptible de las rentas de las personas físicas.

La razón es que la fortuna de los grandes patrimonios no es abarcable con los instrumentos contables habituales. No es cuestión de utilizar la regla de tres y concluir: tanto tienes, luego tanto debes pagar. Estamos muy lejos de ese desiderátum. Las grandes fortunas están colocadas en sociedades interpuestas que presentan sin excepción balances de pérdidas; en sicavs (sociedades de inversión de capital variable) que la ley permite que tengan un curso subterráneo durante largos años de modo que sus fondos solo son gravados cuando finalmente afloran (por lo general como patrimonio en una herencia, y no es casual que nuestras derechas ricachonas aborrezcan el impuesto al patrimonio); y en otros instrumentos delicados de ingeniería financiera especializados en el arte de birlibirloque.

Por eso no creo que sea una prioridad esencial en este momento una ley que sería justa y benéfica, sí, pero poco útil en tanto no se desbroce un poco la selva jurídica en la que se ocultan y mimetizan los capitales de las grandes fortunas. Cada cosa a su tiempo. Primero levantar la liebre, luego disparar (me excuso ante los animalistas por esta metáfora cinegética cruel; espero que comprendan que me refiero a otras “liebres” mucho menos inocentes).

Llamo la atención del personal, en cambio, sobre algunas de las cláusulas contenidas en el II ASDE. Porque puede parecer que hasta que no se haya hecho todo, no se ha hecho nada aún. Y no es cierto.

La patronal bancaria ha puesto el grito en el cielo contra la cláusula que impide repartir dividendos a las sociedades beneficiarias de ayudas del Estado. El sentido de la norma es claro: las ayudas a las empresas son para reconstruir la producción de riqueza, no para que el accionista siga cobrando su cuota como si nada hubiera sucedido. Si hay crisis, la hay para todos, para el empleado y para el capitalista. El dinero que se adelanta para que el trabajador no pierda su empleo, no debe ser utilizado para que se siga lucrando el accionista mientras los demás padecen.

Esta es una forma parcial, pero muy concreta, de gravar a las grandes fortunas. También se está impidiendo la recompra de acciones a las sociedades (empresas) solicitantes de ayudas. La recompra es una forma de distribución de dividendos sui generis. La sociedad en cuestión compra a sus grandes accionistas un paquete voluminoso de acciones con una sobreprima, y se la revende de inmediato, a veces en cuestión de escasos segundos, por el precio normal de mercado. En un abrir y cerrar de ojos, el gran accionista mantiene su misma posición en el capital social de la empresa, y se ha lucrado de bóbilis con el sobreprecio pagado por la empresa en su recompra efímera.

La práctica de la recompra es “legal”, quiere decirse que no está perseguida (aún) por la autoridad fiscal, pero es indecente porque no premia ninguna generación de riqueza, ningún beneficio real; más aún, si la empresa que la practica desvía ayudas financieras destinadas a la reconstrucción económica para premiar a su más selecto grupo de accionistas.

Tampoco podrán, las empresas solicitantes de ayudas para la producción, externalizar procesos productivos mientras tienen trabajadores en los ERTE que más adelante , pasada la pandemia, tendrán otra sigla distintiva, ETOP. En efecto, si una parte de la plantilla está en la nevera, cobrando del Estado, no es de recibo que la empresa subcontrate fuerza de trabajo por otro lado. La idea detrás de la norma es salir de esta crisis todos juntos, sin trampas ni zancadillas por medio. La misma lógica sigue la idea de prohibir las horas extraordinarias “estructurales”, en estas condiciones.

Todas ellas son condiciones para una “nueva normalidad” que apuntan a un cambio de paradigma productivo, y a un welfare (bienestar) distinto del de antes y mejor adaptado a las nuevas condiciones del trabajo y de la producción; y son asimismo derogaciones en los hechos de normas de las famosas “reformas” laborales que tan contentos pusieron a los ricos después del anterior desplome económico.

Se está configurando una salida de la crisis que no va a ser la salida de unos a costa de otros. Que nadie diga que el gobierno y los sindicatos no están haciendo “nada”. Es mentira, y además decirlo es abiertamente reaccionario.